La Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo (LOPCYMAT), su reglamento y demás normas relacionadas, se aplican a todos los trabajadores bajo relación de dependencia por cuenta de su empleador, sin importar la naturaleza del trabajo, lugar donde se ejecute, persiga o no la empresa fines de lucro, o se trate de entes públicos o privados. Están expresamente incluidos los trabajadores a domicilio, domésticos, de conserjería; los que desempeñan labores en asociaciones cooperativas u otras formas asociativas o comunitarias (de carácter productivo o de servicios) y los trabajadores no dependientes en tanto las disposiciones sean compatibles con la naturaleza de sus labores.
Te presentamos el siguiente listado con algunas de las obligaciones que los patronos deben conocer y cumplir para estar al día con esta normativa:
- Notificar accidentes de trabajo y enfermedades ocupacionales al INPSASEL, al CSSL y al sindicato de existir este último
- Realizar estudio de la relación persona-sistema de trabajo-máquina e implementación de cambios requeridos
- Formular y entregar a trabajadores las cartas de notificación de riesgos y de condiciones inseguras e insalubres
- Realizar programas de instrucción y capacitación al personal sobre actividades del puesto de trabajo, prevención de accidentes y enfermedades y utilización del tiempo libre
- Entregar equipos de protección personal
- Realizar periódicamente exámenes de salud preventivos a trabajadores, dar acceso a la información contenida en los mismos y garantizar confidencialidad sobre los mismos
- Elaborar el Programa de Seguridad y Salud en el Trabajo de la empresa (PSYSL)
- Elegir a los delegados y delegadas de prevención (representantes de los trabajadores) y concederles licencia remunerada para el ejercicio de sus funciones en horas laborables
- Constituir los Comités de Seguridad y Salud Laboral
Soluciona te puede ayudar a conocer e implementar estás y otras normas a través de su asesoría legal
Te presentamos el siguiente listado con algunas de las obligaciones que los patronos deben conocer y cumplir para estar al día con esta normativa:
- Notificar accidentes de trabajo y enfermedades ocupacionales al INPSASEL, al CSSL y al sindicato de existir este último
- Realizar estudio de la relación persona-sistema de trabajo-máquina e implementación de cambios requeridos
- Formular y entregar a trabajadores las cartas de notificación de riesgos y de condiciones inseguras e insalubres
- Realizar programas de instrucción y capacitación al personal sobre actividades del puesto de trabajo, prevención de accidentes y enfermedades y utilización del tiempo libre
- Entregar equipos de protección personal
- Realizar periódicamente exámenes de salud preventivos a trabajadores, dar acceso a la información contenida en los mismos y garantizar confidencialidad sobre los mismos
- Elaborar el Programa de Seguridad y Salud en el Trabajo de la empresa (PSYSL)
- Elegir a los delegados y delegadas de prevención (representantes de los trabajadores) y concederles licencia remunerada para el ejercicio de sus funciones en horas laborables
- Constituir los Comités de Seguridad y Salud Laboral
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